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Eliminan incompatibilidad de AUH con programas sociales

La ANSES eliminó las barreras de acceso a las asignaciones universales (por hijo y por embarazo) para los beneficiarios de planes y programas sociales.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) eliminó todas las incompatibilidades que impedían recibir las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE) a los beneficiarios de planes o programas sociales provinciales y municipales, a través de la resolución 246/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El fin de esta medida es eliminar las barreras de acceso a las asignaciones universales.

La resolución deroga el artículo 4 de la resolución 203/2019 que reglamenta el Sistema de Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia (CUNA), el procedimiento de control, validación y liquidación de las asignaciones.

Dicho artículo facultaba a la Anses a establecer convenios con organismos nacionales, provincias, municipios y la ciudad de Buenos Aires para especificar aquellos planes, programas o subsidios sociales que resulten incompatibles con la AUH y la AUE. Además, deja sin efecto a todos los convenios suscriptos desde ese entonces.

A ya 13 años de la creación de la AUH, la Anses recordó que previamente ya había dado un paso hacia la universalización de la asignación eliminando barreras de acceso. En noviembre de 2020, el organismo incorporó a cerca de un millón de niños, niñas y adolescentes al beneficio mensual al que no tenían cobertura anteriormente y que se encontraban en una situación de extrema vulnerabilidad.

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Actualmente, 4.3 millones de niñas, niños y adolescentes perciben la Asignación Universal por Hija e Hijo.

En concreto, se eliminó el tope de cinco hijos en la cantidad de niños y adolescentes a cargo, se volvió a incluir a quienes adeudaban presentaciones de libreta y se facilitó el otorgamiento de la prestación en los casos en donde falta la información de uno de los progenitores simplificando el acceso a las personas indocumentadas.

Del mismo modo, la falta de presentación de la libreta dejó de ser un motivo de suspensión del derecho, impactando únicamente en el cobro del complemento acumulado (20% mensual).

Por su parte, también se redujo la condición de residencia para extranjeros de tres a dos años.

La derogación, señalan los considerandos, resulta por ende “una medida conducente a la ampliación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes” enmarcándose en el objetivo de universalizar el acceso a la seguridad social.

 

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