Ayer se conoció el decreto 45/23 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos de la provincia de Salta, por el que la gestión de Gustavo Sáenz oficializó el congelamiento de sueldos por 180 días para las y los funcionarios de primera línea de la administración pública local. También se oficializó el congelamiento de la pauta publicitaria por 180 días y la suspensión de nuevas licitaciones de obras públicas. 

Se trata de medidas que el gobierno de Salta ya había adelantado como necesarias para mantener el equilibrio fiscal y económico en la provincia, a raíz del ajuste que se viene ejecutando desde la Nación y que recae sobre las 24 jurisdicciones del país. El reciente decreto fue refrendado por todos los ministros que acompañan a Sáenz. 

De acuerdo al decreto 45, ya publicado en el Boletín Oficial de la provincia, por el plazo de 180 días "no podrán producirse incrementos en la remuneración o equivalencias remunerativas" de ministros y ministras, del Secretario General de la Gobernación, del Fiscal de Estado, del Síndico General de la provincia, además de secretarios, secretarias, subsecretarios y subsecretarias de Estado, así como autoridades superiores, autoridades fuera de escalafón, personal de apoyo y presidentes, gerentes, directores y similares autoridades superiores del Poder Ejecutivo. 

La medida también alcanzó a las autoridades de los organismos descentralizados y autárquicos, empresas y sociedades del Estado y sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y demás formas societarias en las que el Estado tenga participación.

Asimismo,por 180 días se congelan vacantes y contrataciones de servicios personales en la administración pública centralizada, organismos descentralizados y autárquicos, empresas y sociedades del Estado y Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria y demás formas societarias con participación estatal.  

En el decreto 45 también se hizo oficial la suspensión por 180 días de "nuevos trámites de licitaciones para la ejecución de trabajos públicos, a excepción de los estrictamente necesarios para garantizar el mantenimiento de infraestructura y prestación de servicios esenciales". A mediados de diciembre del año pasado, el gobierno provincial había comunicado que son alrededor de 200 los proyectos que están en marcha que continuarán hasta su finalización.

Además, el gobierno ordenó que se revisen y se renegocien, en un plazo no mayor a los 90 días, los contratos de provisión de bienes y servicios que utilicen como referencia moneda extranjera para fijar su precio, esto se hace para establecer "una estructura de costos que permita determinar una ecuación económica financiera que guarde relación con su actividad". También, se estableció que las contrataciones de bienes y servicios efectuadas bajo la modalidad abierta deberán contar con la autorización del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, antes de la realización de nuevos requerimientos de bienes o servicios.

Asimismo, se aclaró que en forma previa a la realización de cada requerimiento, se deberán verificar precios de mercado en idénticas condiciones de pago y entrega, y en su caso renegociar con los adjudicatarios. Esto porque "todas las actualizaciones automáticas previstas en contrataciones de bienes y servicios deberán contar con la intervención ineludible de la Unidad Central de Contrataciones del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, la que corroborará que la causa de las actualizaciones esté debidamente verificada".

Otra medida que se hizo oficial refiere a la distribución de partidas a los municipios. En el artículo 10 del decreto se indicó que la distribución establecida en el apartado b) del artículo 2º de la ley provincial 5082 se efectuará en todos los casos, según lo dispuesto en la Ley de Presupuesto vigente, debiendo priorizarse las situaciones de necesidad debidamente justificadas.

La ley 5082 alude a los montos totales participables a las municipalidades de la provincia. Y en el decreto recientemente emitido el gobierno provincial hizo referencia al 1,5% que integra el Fondo Compensador Municipal, que usualmente es utilizado para situaciones de emergencia en los municipios que lo requieran. 

Control estricto

En el artículo 12 del decreto 45/24 se estableció que todos los organismos que administren recursos propios o de afectación específica tienen que informar al Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Ingresos Públicos, el movimiento mensual y las rendiciones correspondientes de los recursos percibidos por todo concepto y gastos ocurridos. El decreto dejó en claro que dichas presentaciones deben hacerse hasta el día 5, inmediato posterior al cierre de mes o el primer día hábil siguiente, si fuera inhábil.

Asimismo, se facultó a la cartera de Economía a relevar, controlar, dictar y emitir recomendaciones tendientes a la adopción de medidas, pautas y mecanismos rentables y eficientes para la recaudación fiscal. A tal efecto, los organismos de la Administración Pública Provincial que administren recursos propios o de afectación específica, "deberán responder los requerimientos que les formule el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, para optimizar su desarrollo con celeridad y eficacia", sostiene el decreto. 

Además, el Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Finanzas, podrá establecer toda aquella normativa y excepciones necesarias y/o complementarias a los fines del mejor cumplimiento y operatividad del decreto. 

En el artículo 3 del decreto también se estipuló que cada jurisdicción o entidad "deberá promover e impulsar acciones para que sus empleados puedan concretar la obtención de los beneficios jubilatorios, o en su caso, la incorporación al Régimen de Retiro Voluntario".

El 18 de diciembre el gobierno de Salta dio a conocer las medidas que adoptaría tras las acciones de ajuste que informaba el gobierno de Javier Milei. Allí el ministro de Infraestructura Sergio Camacho dijo que se iban a promover los retiros voluntarios y jubilaciones, para las que se dispondría de un paquete de acciones específicas con el objetivo de concluir de manera inmediata la etapa de jubilaciones para quienes "estén cercanos" a ella.

Más congelamiento

Entre las decisiones que adoptó la provincia también está el congelamiento por 180 días de la pauta publicitaria correspondiente al Poder Ejecutivo, a los organismos descentralizados y autárquicos, empresas y sociedades del Estado y sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y demás formas societarias en las que el estado tenga participación. Durante el mismo período se suspendieron los gastos protocolares y de cortesía.

También se prohibieron las comisiones de servicio a realizarse fuera del país, excepto las que fueran autorizadas por decreto en casos de interés para la provincia o aquellas en las que medien razones de urgencia o emergencia. Mientras que en el artículo 9, se suspendió toda adquisición de bienes de uso, con recursos de cualquier origen, que exceda el valor equivalente a 25.000 unidades tributarias establecidas por la Dirección General de Rentas.

Asimismo, se decidió la creación de un programa que garantice la utilización eficiente, con debido control y monitoreo permanente del destino público asignado a los vehículos que integran el Parque Automotor del Ejecutivo Provincial. "Sólo se reconocerán gastos en combustible en la proporción que resulte razonable de acuerdo al rendimiento litro/kilómetro recorrido según el vehículo que se trate", aclara el artículo 11. 

Por último, el decreto invitó a los Poderes Legislativo y Judicial, al Ministerio Público, la Auditoría General de la Provincia y a los 60 municipios, a adoptar medidas similares.